No es lo mismo un arma de fortuna que un arma oculta. Que un arma sea legal, no implica que una versión casera también lo sea. Existen dispositivos pensados para defenderte que no se consideran armas y son muy efectivos correctamente empleados.

En nuestro primer año hemos publicado varios artículos sobre armas y defensa personal. Por vuestros comentarios parece que hay bastante confusión con algunos términos. Han sido muchas las aclaraciones que he hecho a través de redes sociales y al final he llegado a la conclusión de que lo mejor es hacer un nuevo, divertido y curioso artículo al respecto.

Realizo este esfuerzo porque no se trata solo de llamar a las cosas por su nombre, sino que esta confusión puede tener consecuencias legales importantes que preferiría que no sufrieras como querido lector que eres de nuestra web. Para hacerlo más sencillo te explicaré las diferencias empleando solo distintos tipos de bolígrafos, algunas de las cuales son muy llamativas.

Armas de fortuna

Cuando usamos como arma un objeto que no está concebido como tal, eso es un arma de fortuna. Un bolígrafo no está concebido como un arma, pero puede usarse para golpear ejerciendo una presión importante, debido a su forma puntiaguda. También es útil como refuerzo sobre el que cerrar el puño y como apoyo para la realización de pequeñas palancas.

El bolígrafo puede emplearse de forma similar a un arma típica de las artes marciales japonesas conocida como yawara. Este arma consistente en un cilindro cuyos extremos pueden tomar distintas formas, buscando la efectividad en su uso. Así hay modelos con extremos puntiagudos, modelos redondeados, cilindros simples y otros que incorporan un cordel. El kubotán es un modelo de yawara, ideado por el maestro de kárate Takayuki Kubota orientada al uso policial.

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Armas ocultas

Se trata de armas intencionadamente camufladas como otro tipo de útiles, buscando pasar desapercibidas. Por este mismo motivo, en muchos países cualquier arma oculta directamente se considera como un arma prohibida. Un cuchillo camuflado en el interior de un bolígrafo es un arma oculta.

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Armas prohibidas

Son armas que aparecen específicamente recogidas en la legislación como prohibidas. En España se entiende como arma prohibida aquella «cuya fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa o tenencia no está permitida». Entre las armas que expresamente menciona la legislación como prohibidas se encuentran «las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto», como los bolígrafos-pistola de la siguiente imagen.

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La imagen de los bolígrafos pistola de la vitrina procede del museo de la Guardia Civil.

Armas caseras e improvisadas

Las armas caseras pueden ir desde modificaciones rápidas de utensilios para convertirlos en armas hasta piezas de gran calidad producidas en un taller doméstico. Siguiendo con el ejemplo del bolígrafo, un arma improvisada bastante frecuente consiste en fijar cualquier tipo de punta u objeto cortante (como un clavo o una cuchilla) al cuerpo del mismo calentando el plástico. También es posible fabricar un arma casera simplemente calentando el plástico y dándole forma, como el cepillo de dientes de la siguiente imagen. Las cárceles están plagadas de ejemplos de armas de fabricación improvisada de este tipo.

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El término “casero” hace referencia al contexto en el que se ha realizado el arma, no a su calidad ni a otro tipo de características. Un arma casera se fabrica al margen del control de una empresa, ya sea una gran industria o un artesano convenientemente registrado. Muchas armas ocultas son de fabricación casera, precisamente por no poder producirse de forma legal.

Un caso interesante, por el que hemos recibido muchas preguntas, es la fabricación casera de espráis de defensa personal. En España el spray de pimienta es un arma legal para defensa personal, pero únicamente si está homologado. Los espráis de defensa personal homologados pasan los debidos controles ministeriales y reflejan claramente su condición de arma. Si elaboras una receta de spray pimienta casero, esta no estará homologada, por tanto no será legal. Si encima la camuflas dentro de un bote de perfume u otro utensilio de apariencia inofensiva (arma oculta), la cosa se pondrá todavía más negra.

Armas (legales) para defensa personal

Son aquellas cuyo uso está habilitado, generalmente bajo ciertas condiciones legales que hacen referencia a su adquisición, porte, uso, guarda, etc. El spray de defensa personal es el único arma de defensa personal que puede ser adquirida en España sin necesidad de sacarse una licencia específica. Como acabo de comentar, para ello el spray deberá estar homologado. Formatos de spray como los que aparecen en la imagen no están permitidos en muchas legislaciones, dado que lo ocultan como un bolígrafo.

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Más allá de las armas: gadgets de defensa personal y utensilios tácticos EDC

Los gadgets, artilugios o EDC ('siempre encima', del inglés everyday carry) de defensa personal son dispositivos no lesivos concebidos para la defensa personal como las alarmas personales, los utensilios antihurto, dispositivos de grabación personal, espráis para marcar al agresor (sin elementos irritantes) o botones del pánico ya sean físicos o aplicaciones móviles.

Los útiles tácticos son objetos que han sido diseñados o modificados de tal forma que permiten ampliar su uso a otros fines más tácticos. Así se tienen palas tácticas, bolígrafos tácticos, llaveros tácticos o gorras tácticas, entre otros muchos. Cuando se trata de objetos cotidianos en inglés es frecuente denominarlos como EDC.

Algunos de estos modelos tácticos presentan modificaciones que simplemente los hacen más resistentes, otros están un poco en el limbo y luego tenemos aquellos que claramente son armas con accesorios. Piensa en un bolígrafo que:

  • Se ha mejorado para poder escribir en condiciones extremas, muy resistente a impactos y fabricado en acero inoxidable o titanio.
  • Se le ha dado una forma que claramente se adaptaría mejor anatómicamente para ser empuñado y tiene un mecanismo para extracción rápida.
  • Se le puede cambiar la punta, teniendo distintos elementos para impactar, incluyendo una punta con forma de corona cortante que denominan receptores de ADN (DNA catcher), diseñada para quedarse impregnada con trocitos del agresor de los que pueda extraerse material genético.
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El modelo A sería un bolígrafo resistente cuyas características vendrían bien en caso de tener que emplearlo como arma de fortuna. El B presenta un diseño concebido para facilitar su uso como arma. El C es un kubotán (un arma) que puede escribir, su función de arma prima sobre el resto.

En cualquier caso, debes saber que en España, en base al artículo 18.2 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, sobre seguridad ciudadana, la Policía tiene la potestad de requisar cualquier objeto que genere un riesgo potencial para las personas.

Los agentes de la autoridad podrán proceder a la ocupación temporal de cualesquiera objetos, instrumentos o medios de agresión, incluso de las armas que se porten con licencia, permiso o autorización si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de los bienes.

Ahora que ya has leído el artículo y seguro que tienes los conceptos mucho más claros llega la pregunta de exámen. ¿Cómo definirías el bonito llavero que lleva la protagonista de nuestro artículo? ¿Lo aceptas como llavero táctico? La artista es Claudia Durán (Instagram, ArtStation, Fiverr).

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